Copia de LEON XIV AUDIENCIA GENERAL. Catequesis. El Concilio Vaticano II a través de sus documentos. III. Constitución Sacrosantum Concilium. 2. La reforma de la liturgia: tradición y desarrollo

Publicado por Equipo Fatimazo Por la Paz el

🇻🇦 LEÓN XIV - AUDIENCIA GENERAL
📍 Plaza de San Pedro
🗓️ Miércoles, 27 de Mayo 2026

Documentos del Concilio Vaticano II.
III. Constitución Sacrosantum Concilium.
2. La reforma de la liturgia: tradición y desarrollo

Queridos hermanos y hermanas, ¡buenos días y bienvenidos!

En la Encíclica Mediator Dei, el Venerable Pío XII escribe que «la Iglesia es un organismo vivo, y por lo tanto, también en lo que respecta a la sagrada liturgia, sin perjuicio de la integridad de su enseñanza, crece y se desarrolla, adaptándose y conformándose a las circunstancias y necesidades que se producen a lo largo del tiempo» (I,V).

En plena continuidad con este principio, el Concilio Vaticano II en el Proemio de la Constitución Sacrosanctum Concilium (SC) reconoce como «su deber interesarse de manera especial también en la reforma y la promoción de la liturgia» (n. 1).

La asis conciliar había sido reunida, de hecho, con el propósito «de hacer crecer cada vez más la vida cristiana entre los fieles, de adaptar mejor a las necesidades de nuestro tiempo aquellas instituciones que están sujetas a cambios, de favorecer todo lo que puede contribuir a la unión de todos los creyentes en Cristo y de vigorizar lo que sirve para llamar a todos en el seno de la Iglesia» (ibid.).

En ese momento histórico se sentía fuertemente la necesidad de una renovación de las formas rituales, por medio de las cuales la Iglesia había realizado durante siglos la glorificación de Dios y la santificación del pueblo cristiano.

Gracias al Movimiento Litúrgico había madurado la convicción, expresada más tarde por San Juan Pablo II, de que «existe un vínculo muy estrecho y orgánico entre la renovación de la liturgia y la renovación de toda la vida de la Iglesia. La Iglesia no solo actúa, sino que también se expresa en la liturgia y de la liturgia extrae las fuerzas para la vida» (Lett. Dominicae Cenae, 13).

Para favorecer el acceso de los fieles a la riqueza de los dones de gracia dispensados por la sagrada liturgia, la Constitución Sacrosanctum Concilium indica, por tanto, con una fórmula muy eficaz, la dirección a seguir: «conservar la sana tradición y abrirse a un progreso legítimo» (SC, 23).

El Papa Benedicto XVI ha captado en esta declaración de intenciones el «programa de reforma» de los Padres conciliares, «en equilibrio con la gran tradición litúrgica del pasado y el futuro», señalando cómo «no pocas veces se oponen de manera torpe tradición y progreso», mientras que, «en realidad, los dos conceptos se integran: la tradición misma incluye de alguna manera el progreso. Como para decir que el río de la tradición también lleva en sí su fuente y tiende hacia la desembocadura» (Discurso a los participantes en la Conferencia en el 50 aniversario de la fundación del Pontificio Instituto Litúrgico de San Anselmo, 6 de mayo de 2011).

El Concilio afirma la legitimidad de este progreso arraigado en la auténtica Tradición, distinguiendo dentro de la liturgia «una parte inmutable, porque de institución divina», de «partes susceptibles de cambio, que a lo largo de los tiempos pueden o incluso deben variar, si en ellas se hubieran colado elementos menos sensibles a la naturaleza íntima de la misma liturgia, o se hubieran hecho menos oportunos» (SC, 21).

Cambios de este tipo se han producido constantemente a lo largo de los siglos con el fin de permitir a los fieles una fructífera participación, por medio de acciones rituales, en el misterio pascual de Cristo, fundamento de la fe cristiana. Por lo tanto, el culto de la Iglesia se ha "encarnado" en las formas culturales de cada época y ha sido capaz de influir en ellas e incluso de transformarlas.

La liturgia ha sido así, durante siglos, un motor de evangelización.

Hoy es necesario renovar esta energía en continuidad con la auténtica y viva tradición católica, es decir, según una dinámica destinada a introducir a los creyentes a la plenitud de la verdad.

Se entiende entonces por qué los Padres conciliares han recomendado que la revisión de los ritos, cuando corresponde a «una utilidad verdadera y comprobada de la Iglesia», se lleve a cabo siempre «con la advertencia de que las nuevas formas de alguna manera surjan orgánicamente de las existentes» (SC, 23).

Por el bien de toda la Iglesia, toda reforma debe ser siempre «precedida por una cuidadosa investigación teológica, histórica y pastoral» (ibid.).

El Magisterio conciliar, de esta manera, invita a evitar la desorientación de los fieles, disuadiendo a cualquiera de añadir o quitar o modificar algo, en materia litúrgica, por iniciativa propia (cf. SC, 22).

El progreso evocado por la Constitución conciliar no compromete en absoluto la comunión eclesial: pretende más bien confirmarla y favorecerla.

Por lo tanto, insto a todos aquellos que están llamados a preparar la celebración de los misterios divinos, en particular a los sacerdotes que ejercen el ministerio de la presidencia litúrgica, a guardar siempre ese respeto de los textos y de los ordenamientos de la liturgia que nace de la actitud interior de disponibilidad y de confianza a Dios, manifestando humildad ante su grandeza y fidelidad sincera a la comunión eclesial.

¡A todos mi bendición!

https://www.vatican.va/content/leo-xiv/it/audiences/2026/documents/20260527-udienza-generale.html


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